Domingo 19 de Mayo de 2024 - hs - Corrientes, Argentina.

En febrero entrará en vigencia el nuevo Código Procesal Administrativo

El nuevo Código Procesal Administrativo fue aprobado a finales de octubre en la Legislatura de Corrientes, y publicado en el Boletín Oficial a finales de noviembre.

foto: En febrero entrará en vigencia el nuevo Código Procesal Administrativo

El Superior Tribunal de Justicia estableció que desde el 1 de febrero entrará en vigencia el nuevo Código Procesal Administrativo de la Provincia de Corrientes, que busca implementar nuevos instrumentos para garantizar la efectiva tutela de los derechos de los justiciables, entre ellos los principios procesales de inmediación, economía, celeridad, concentración y oralidad.

El nuevo cuerpo normativo apuesta a la modernización en los procesos judiciales con miras a brindar mejores respuestas y más rápidas a quienes acuden a la justicia.

Sobre la implementación del nuevo Código, recientemente el Superior Tribunal de Justicia dispuso la aplicación en todo el territorio provincial, a partir del 1° de febrero del año 2023.

Los procesos iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa procesal, se regirán también por sus disposiciones, con la salvedad prevista en el art. 136 del Código Procesal Administrativo.

Además se estableció que la actual Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral, los Juzgados Contenciosos Administrativos de la ciudad de Corrientes y los Juzgados con competencia en materia contencioso administrativa del interior provincial, pasarán a denominarse, a partir del 1 de febrero de 2023, «Cámara de Apelaciones con competencia Administrativa y Electoral» y «Juzgados con competencia Administrativa».

Se postergó sí la operatividad de los arts. 46, inc. a, segunda parte; 79, segundo párrafo; 98, segundo párrafo; 136, segundo párrafo y concordantes del Código Procesal Administrativo, hasta tanto los sistemas IURIX y FORUM o la plataforma digital que en el futuro los reemplazase, cuenten con la posibilidad de técnica de registrar los domicilios electrónicos, medios digitales o plataformas interoperables del Estado Provincial y las Municipalidades, organismos descentralizados y públicos no estatales. Hasta esa oportunidad, la notificación del traslado de la demanda a dichas entidades y organismos deberá realizarse mediante cédula en soporte papel.

EL NUEVO CÓDIGO

La Ley N° 6620, que aprobó el Código Procesal Administrativo de la Provincia de Corrientes fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes N° 28.654, de fecha 23 de noviembre de 2022.

Las normas procesales del nuevo Código tienen por objeto lograr la efectividad de los derechos sustanciales, observando los fines sociales del proceso, las exigencias del bien común, la eficiencia, la legalidad, la proporcionalidad y la razonabilidad, procurando afianzar la tutela judicial efectiva, en especial para los casos de personas en condición de vulnerabilidad.

Además, busca implementar los principios procesales de inmediación, economía, celeridad, concentración y oralidad, disponiendo que debe garantizarse la inmediación del juez con las partes, los sujetos intervinientes y el material probatorio; que la actividad procesal se desarrolle preferentemente en forma oral y se concentre para lograr una mayor economía y agilidad en la tramitación del proceso.

Igualmente incentiva el uso de las tecnologías de la información y comunicación (Tic‘s) para mejorar la gestión judicial, estableciendo que las presentaciones de las partes, sus abogados, los auxiliares de justicia y los informes de los organismos públicos y privados se realicen de forma digital teniendo en cuenta al efecto las disponibilidades técnicas.

Asimismo, promueve la utilización de plataformas digitales interoperables para facilitar el acceso a la información y la comunicación con organismos públicos y privados de acuerdo a la reglamentación que dicte el Superior Tribunal de Justicia.


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